Contextos: Periodismo que impulsa el desarrollo de la región

Deber del Poder Legislativo garantizar el correcto funcionamiento de la ASM: Guadalupe Díaz

Share Button
-Señaló que si bien la Auditoría Superior de Michoacán es el organismo a través del cual el Poder Legislativo ejerce la tarea fiscalizadora conforme al mandato constitucional, esto no implica que el Congreso ejerza control sobre ella

Es deber del Poder Legislativo garantizar el correcto funcionamiento de la Auditoría Superior de Michoacán, a fin de que ésta pueda cumplir con su función sustantiva fiscalizadora, tal como lo mandata la Ley, recalcó la diputada Guadalupe Díaz Chagolla, integrante de la Comisión Inspectora de la ASM en la LXXV Legislatura del Congreso del Estado.

La también integrante de Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, señaló que si bien la Auditoría Superior de Michoacán es el organismo a través del cual el Poder Legislativo ejerce la tarea fiscalizadora conforme al mandato constitucional, esto no implica que el Congreso ejerza control sobre ella.

“Estamos en un momento de particular gravedad, debido a que las tentaciones de intromisión sobre el órgano fiscalizador han retornado no sólo en el propio Legislativo, sino también en otros poderes del estado”.

Guadalupe Díaz, recordó que por años en lo federal y estatal se ha venido construyendo desde nuestro marco normativo, disposiciones tendientes a fortalecer los entes fiscalizadores, de manera que su actuar no esté condicionado a intereses ajenos a los de su propia función.

“Lamentablemente en Michoacán en diciembre pasado, por decisión mayoritaria en el Congreso local se dio un paso atrás a los avances logrados, quitando la autonomía financiera a la Auditoría, y todos sabemos bien que cuando se depende económicamente de otro, no hay autonomía real para la toma de decisiones y el cumplimiento de responsabilidades”.

La diputada consideró que el riesgo se ha acrecentado ante la falta de certeza legal de la medida, ya que el contenido de la norma parte de la autonomía financiera del organismo para el cumplimiento de sus tareas, por lo que, al haberse suprimido como una Unidad Programática Presupuestaria autónoma sin reformar la Ley, se ha caído en una contradicción legal que debe ser resuelta a la brevedad.

Share Button